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Reunificación de Créditos

Jueves, Noviembre 3, 2011

Acudir a un proceso de reunificación de créditos es una sintonía clara de sobreendeudamiento, y por tanto requiere un examen en profundidad por parte del deudor de la forma en cómo se ha llegado a esa situación, de la mejor opción (si existe) para salir adelante con las deudas contraídas, y por último de cómo se va a proceder en un futuro amplio (de bastantes años) para no volver a incurrir en la acumulación de deudas. Si no se realiza este examen, y simplemente se reunifican las deudas, rebajando la cuota mensual a pagar a costa de ampliar el plazo de las deudas, existen serias posibilidades de que en el futuro la situación se repita, y se termine con una deuda tal que ya no sea posible alargar los plazos, ni mantener la vivienda, y en el peor de los casos se caiga en la insolvencia definitiva de la persona.

¿Qué es la reunificación de créditos?

La reunificación de créditos es una operación financiera que tiene como objetivo unir en uno sólo todos los créditos y préstamos de una persona. Lo solicitan quienes han asumido deudas por encima de sus posibilidades (pago de vivienda, préstamos al consumo, tarjetas de crédito, etc.). Se acude a estas empresas porque ya existen “incidencias” (impagos, inclusión en registros de morosos) que impiden la negociación con la propia entidad bancaria, que siempre será la solución menos mala.

¿Cómo actúan las empresas de reunificación?

Las empresas de reunificación de créditos (que en los últimos años han proliferado sin control) ponen en relación al consumidor endeudado con un banco o prestamista privado. Al consumidor le proporcionan una cuota mensual más baja, al banco o prestamista privado unos beneficios mayores ampliando los plazos de devolución o cobrando tipos de interés muy elevados. A cambio estas empresas cobran al consumidor una importante comisión.

Conseguido esto el compromiso de la empresa de reunificación termina, poco le importa si se vuelven a producir impagos.

Información ambigua verbal y sin garantías

La información que facilitan las empresas de reunificación de créditos es deficiente: de palabra y ambigua, evitando compromisos. Es difícil que se llegue a firmar ninguna oferta de contrato con unos mínimos de información previa para el consumidor.

Demasiadas exigencias de información al consumidor

Esta deficiente información ofrecida al consumidor contrasta con la que le exigen.

Antes de firmar un contrato con la empresa hay que rellenar una solicitud con datos personales, descripción de las deudas, nóminas, etc. para que la empresa de reunificación de créditos consulte los registros de morosos y entidades financieras, y ver las posibilidades de la operación antes de comprometerse en un contrato. Existe un desequilibrio claro ya antes de contratar. El consumidor debería como mínimo conocer los trámites y costes de la operación antes de aceptar la oferta, al menos para poder comparar con otras empresas.

Invitamos a todos los consumidores que acuden a estas empresas de reunificación de créditos, y que tienen dudas acerca de las ofertas que reciben, a que consulten antes con una asociación de consumidores como la Unión de Consumidores de Gipuzkoa, para informarse y denunciar abusos si procede.

Tome Nota

A la hora de reunificar sus créditos, hay empresas que pueden dejarle en manos de prestamistas privados, con condiciones de alto riesgo e intereses usurarios.

Antes de reunificar sus créditos tenga en cuenta que…

Preguntar primero a nuestra entidad

Antes de acudir a una empresa que nos reunifique nuestros créditos, hay que acudir al propio banco o caja. En mucha ocasiones podemos renegociar nosotros mismos la deuda que tenemos contraída, lo que nos permitirá salir de la situación apurada con un coste menor y mejor transparencia (es lo que se llama novación). Tras la reciente aprobación de la nueva Ley del Mercado Hipotecario, las posibilidades y costes en estas operaciones de novación son mejores.

Reunificar obliga a cambiar de hipoteca

Para hacer una reunificación es necesario cancelar el préstamo en vigor y contratar uno nuevo, esto conlleva costes de notario, registro, impuestos y, además, comisiones de apertura del nuevo préstamo, así como los honorarios que cobran los intermediarios financieros, que oscilan entre el 0,5% y el 5%. Puede suponer un añadido del 15% a la cuantía del préstamo.

Comparar tipos de interés

Debemos cotejar la diferencia entre los tipos de interés de los préstamos antiguos y el nuevo, que normalmente son mucho más elevados.

Evite abusos en los contratos con reunificadotas

  • Hipotecas concedidas por particulares (denominados de capital privado) a intereses del 13 o 14%.
  • Intereses del 20% y hasta el 30% en casos de retrasos o impagos.
  • Cláusulas de exclusividad, que prohíben acudir a otras entidades financieras durante un periodo de tiempo.
  • Obligación de abonar la totalidad de los honorarios al intermediario si el contrato se rescinde antes del plazo previsto.

TOME NOTA:

UN SERVICIO CARO Y POCO TRANSPARENTE: LA REUNIFICACIÓN DE CRÉDITOS TIENE UN COSTE MUY ELEVADO DEL QUE NO SIEMPRE SE INFORMA AL CONSUMIDOR: GASTOS POR CANCELACIÓN ANTICIPADA, POR TASACIÓN DEL INMUEBLE, GASTOS DE APERTURA DEL NUEVO PRÉSTAMO HIPOTECARIO Y LA IMPORTANTE COMISIÓN DEL INTERMEDIARIO.