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Decálogo de consejos para la contratación de viajes por Internet

Jueves, Noviembre 24, 2011
  1. Compruebe que la oferta contemple los siguientes datos:
    • la identidad del proveedor,
    • las características especiales del producto,
    • el precio y, en su caso, debidamente separados, los gastos de transporte,
    • la forma de pago y las modalidades de entrega o de ejecución y
    • el plazo de validez de la oferta.
  2. Compruebe que dispone de las condiciones generales de contratación que regirán la adquisición del mismo. Si no dispone de estas condiciones, solicítelas al comercio con carácter previo a la contratación del servicio. El prestador del servicio debe ponerlas a su disposición con carácter previo y de manera que se puedan almacenar y reproducir. Una vez en su poder, compruebe que las condiciones generales mencionan:
    • el derecho de desistimiento,
    • el plazo de garantía, los derechos que le concede, procedimiento y requisitos para ejercitarla y supuestos excluidos,
  3. Imprima el formulario de pedido y aceptación de las condiciones de contratación. Léalo con detenimiento antes de pulsar el botón de aceptación.
  4. Conserve un ejemplar en soporte duradero de las condiciones generales de contratación.
  5. Cerciórese de que el entorno es seguro:
    • busque el símbolo del candado cerrado. Si el formulario en el que indica sus datos bancarios no es seguro (no se visualiza el candado cerrado), sea consciente de que la confidencialidad de los datos no está garantizada.
    • tenga en cuenta los problemas de reclamaciones en paraísos fiscales (Isla de Man, Gibraltar...),
    • guarde los comprobantes de todas sus compras con tarjeta, compruebe periódicamente los extractos bancarios y comunique inmediatamente cualquier irregularidad a su entidad financiera.
  6. Antes de contratar un viaje de una cuantía considerable, compruebe si existe un club de usuarios donde pueda constatar aspectos relativos a la calidad del mismo y a la posible existencia de defectos.
  7. La publicidad es contractual, es decir, todo lo que menciona la publicidad tiene valor de contrato.
  8. El vendedor está obligado a confirmar al comprador la recepción de la aceptación a través de un acuse de recibo por correo electrónico o por cualquier otro medio electrónico o equivalente al utilizado en el procedimiento de contratación, siempre que permita que el comprador pueda archivar la recepción.
  9. En caso de fraude, denúncielo ante cualquier comisaría o juzgado aunque la cantidad sea pequeña. Si hay varias denuncias pendientes ante la empresa, el delito será de mayor gravedad.
  10. Recuerde las ventajas de que el comercio esté adherido al arbitraje de consumo, una alternativa a la vía judicial, rápida, voluntaria, sencilla, imparcial, eficaz, vinculante y ejecutiva.