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Martes, Abril 18, 2017

La necesaria revisión de la normativa en seguridad en caso de incendios después del incendio de la Torre Grenfell

DOCUMENTO DE POSICIÓN

1.- Contexto

El incendio de la TORRE GRENFELL y sus trágicas consecuencias (ochenta muertos y desaparecidos) ha cuestionado de forma inexorable las soluciones constructivas que se emplean en las fachadas, tanto en rehabilitación como en obra nueva; los controles que las autoridades públicas ejercen sobre los proyectos de rehabilitación y construcción y, por supuesto, las normas de seguridaden caso de incendios exigibles en los edificios, particularmente, en aquellos con mayor altura dada la relación directa entre mayor altura y mayor dificultad de evacuación de los ocupantes.

En consecuencia, en gran medida, las cuestiones mencionadas, nos trasladan a abordar la responsabilidad de diferentes agentes: profesionales como arquitectos, aparejadores, ingenieros; promotores y, sobre todo, los responsables políticos y los técnicos de la administración pública.

El incendio de la TORRE GRENFELL, sitúa a todos los mencionados y, en general, a toda la sociedad, ante una evidencia que no puede ser ignorada: rebajar las normas de seguridad en la edificación tiene graves consecuencias. Antes de este incendio ya hubo otros que mostraron los riesgos, pero en esta ocasión, los riesgos se materializaron y la tragedia sucedió en la UE.

En España se rebajaron hace tres años las exigencias de seguridad en la edificación. Una decisión esencialmente política porque, aunque hubo avales técnicos para su adopción, también los hubo contrarios a la misma. Son las autoridades políticas las que, alejándose del principio de precaución admiten el uso de materiales combustibles, con una clase C de reacción al fuego.

Por supuesto que esos responsables no tienen que ser expertos en la materia ni conocer las características técnicas de los materiales o las soluciones constructivas empleadas, pero saben que los materiales combustibles arden y que con el uso de determinadas soluciones, fachadas ventiladas, propagan el fuego más rápidamente debido al aporte de oxígeno, que juntamente con la altura la actuación de los bomberos y la evacuación de personas se dificulta enormemente.

2.- La regulación actual de la reacción al fuego de los acabados exteriores (junio 2014)

En junio de 2014 se hace pública el siguiente comentario recogido en el punto 4 del Documento Básico Seguridad en caso de Incendio (DB SI)

Clase de reacción al fuego

La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupen más del 10% [tal es el caso de los aislamientos] de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas que dichas fachadas puedan tener, será B-s3,d2 hasta una altura de 3,5 m como mínimo, en aquellas fachadas cuyo arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde una cubierta, y en toda la altura de la fachada cuando esta exceda de 18 m, con independencia de donde se encuentre su arranque.

Interrupción del desarrollo vertical de cámaras ventiladas de fachada

Como alternativa a la exigencia de una clase de reacción al fuego B-s3,d2 para los materiales existentes en las cámaras ventiladas de fachadas de más de 18m de altura, se puede admitir una clase C-s3,d2 para ellos si se cumple lo que se establece en el artículo SI 1-3.2 (tres plantas y 10 m, como máximo, de desarrollo vertical de la cámara) y lo que se indica en un comentario al mismo, es decir, si las barreras que interrumpen dicho desarrollo vertical son E30. A estos efectos se subraya que dicha interrupción solo precisa ser efectiva en situación de incendio, por lo que nada impide que las barreras sean intumescentes, de tal forma que en situación normal permitan que la cámara se mantenga ventilada.

Consideración del arranque de una fachada como accesible al público

Hay casos en los que el arranque de una fachada se puede considerar no accesible al público y en los que, por lo tanto, únicamente es preciso aplicar las condiciones establecidas en este punto cuando la altura de la fachada exceda de 18 m.

Este puede ser el caso, siempre que el arranque de la fachada esté en parcela privativa del edificio, o bien cuando, aunque esté en zona pública, tenga delante elementos que restrinjan el acceso hasta ella, como por ejemplo un espacio ajardinado no transitable, una lámina de agua, etc.

3.- La regulación anterior (febrero 2006)

El documento de febrero de 2006, indicaba en el punto 4, capítulo 2 sobre PROPAGACIÓN EXTERIOR DEL INCENDIO: “La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupen más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas que dichas fachadas puedan tener, será B-s3,d2 hasta una altura de 3,5 m como mínimo, en aquellas fachadas cuyo arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde una cubierta, y en toda la altura de la fachada cuando esta exceda de 18 m, con independencia de donde se encuentre su arranque”.


4.- La justificación de la reducción de las exigencias (agosto 2011)

En agosto de 2011, el Ministerio de Fomento elabora y distribuye para comentarios un documento titulado Criterios para la limitación de la propagación vertical en fachadas, en el mismo se señala:

…”Para evitar interpretaciones erróneas, parece necesario definir claramente a partir de qué altura deben establecerse condiciones específicas y qué objetivo se persigue con esta limitación.

Por otro lado, la clase de reacción al fuego exigida a los acabados exteriores es, en algunos casos, muy restrictiva con respecto a lo establecido en reglamentaciones de otros países, por lo que parece razonable reconsiderar la clasificación exigida.

Deberían revisarse, asimismo, las medidas establecidas para limitar la propagación exterior vertical por fachada a través de cámaras ventiladas en edificios altos. Por ejemplo, cabe plantear, en el caso de fachadas de más de 18 m de altura, la conveniencia de limitar el riesgo de propagación fijando no sólo una determinada clase de reacción al fuego de los materiales de su superficie sino estableciendo, además, medidas de compartimentación.

Además, sugería las siguientes modificaciones:

  • Cambiar la referencia a la “altura de fachada” por la de “altura de evacuación”
  • Replantear si el límite de la altura de evacuación, por coherencia con el resto del documento, se establece en 14 m y 28 m.
  • Bajar el nivel de reacción al fuego exigido con carácter general.
  • No limitar la clase de reacción al fuego a edificios exentos que constituyen un único sector o no supera un número determinado de plantas (p.e. viviendas unifamiliares).
  • Reconsiderar la clase de reacción al fuego exigida cuando a la fachada acometen varios sectores.
  • Diferenciar el nivel de prestación requerido a edificios de determinados usos de mucha afluencia de público (comercial o pública concurrencia) frente al resto de edificios.
  • Permitir soluciones menos restrictivas si el edificio cuenta con un sistema de extinción automático (rociadores).

5.- Las reglamentaciones comparadas con las que se justificó el cambio regulatorio (agosto 2011)

Building Regulations (Reino Unido)
Distancia a la linde
>Altura del edificioSituación< 1m≥ 1 m
< 18 mB s3 d2No se limita
≥ 18 mHasta 18 mB s3 d2C s3 d2
Sobre 18 mB s3 d2

Preguntas sobre la regulación española para acabados exteriores

¿Por qué 18 metros? Porque, al igual que la regulación británica a la que replica, a partir de esta altura no se garantiza la efectividad de las técnicas convencionales utilizadas por los bomberos.

¿Cuál es la exigencia mínima de reacción al fuego de los materiales utilizados como acabados exteriores? La regulación española admite en el acabado de fachadas B s3 d2, dejando la clase C para los materiales en las cámaras ventiladas.

A efectos ilustrativos esta es la clasificación europea de materiales:

Atendiendo al potencial energético:

A1, productos que, en ninguna fase del incendio, pueden contribuir al mismo.

A2, productos con poder calorífico muy limitado, que no aportan una carga al fuego ni contribuyen a su desarrollo de forma significativa.

B, C, D, E y F productos combustibles con un potencial energético creciente.

Opacidad de los humos

s1, escasa y lenta opacidad.

s2, opacidad media.

s3, elevada y rápida opacidad.

Formación de gotas

d0, no se producen gotas inflamadas.

d1, se producen gotas pero su duración es inferior a 10 segundos.

d2, resto de casos.

¿Con qué norma de las recogidas en el documento de agosto de 2011 se justificó el cambio regulatorio en fachadas ventiladas? No es fácil de averiguar, porque están son las que se mencionan

Reino Unido: Exige A2-s3, d2 para los materiales de aislamiento en edificios cuya altura de evacuación supere los 18 m. Yrecomienda el uso de material no combustible como aislamiento térmico de las cámaras ventiladas. También recomienda la instalación de barreras corta-fuego en las cámaras ventiladas para evitar la propagación del incendio por su interior, de forma que se mantenga el flujo de aire y la cámara ventilada continúe siendo efectiva en circunstancias normales.

 Reino Unido (Building Regulations)
Altura del edificioAislamiento exterior fachadaAislamiento cámara ventilada
> 18 mA2 s3 d2Recomienda material no combustible
Recomienda barreras corta-fuego

Finlandia: Los materiales de recubrimiento exterior de fachada y los de recubrimiento interior de cámaras ventiladas deben ser, con carácter general, B-s1, d0. En cambio, en determinados usos y edificios de poca altura y baja densidad de ocupación (P2 y P3 en la siguiente tabla), se permite que la clasificación de dichos materiales sea al menos D-s2, d2 con la premisa de que en determinados casos además se proteja el edificio con un sistema de rociadores automáticos.

Finlandia

Altura del edificioAislamiento exterior fachadaAislamiento cámara ventilada
Edificios P1 (en general)B.s1.d0B.s1.d0
Edificios P2 y P3
(Residencial y locales de oficina 3 o 4)
D.s2 d2
+ sistema de rociadores en determinados casos
D.s2 d2
+ sistema de rociadores en determinados casos

Suecia: Los acabados de fachada no deben colaborar en la propagación del fuego y humo, ni producir desprendimiento o goteo de elementos. Se recomienda que estos materiales sean de baja combustibilidad.

Pueden ser D- s2, d0 en determinados casos:

  • Edificio de dos plantas o menos.
  • El material de acabado, independientemente de la altura del edificio, cubre únicamente la planta baja.
  • Se adoptan medidas especiales (edificio protegido con un sistema de rociadores automáticos, voladizos por encima de ventanas y puertas para evitar la propagación vertical, o limitar la superficie de fachada con un acabado de clase D-s2,d0)
Suecia
Altura del edificioAcabados de fachada
Edificios en generalMateriales baja combustibilidad (no contribuir a propagar fuego, ni humo ni desprendimiento de gotas
Edificios ≤ 2 plantasD.s2 d0
+ sistema de rociadores en determinados casos
También si el material de acabado solo cubre la planta baja.

Nueva Zelanda: Se establecen soluciones de compartimentación de cámaras ventiladas cuando los materiales utilizados como recubrimiento de éstas sean combustibles, sin especificar su clase de reacción al fuego.

Esta medida afecta a edificios de más de tres plantas en los que las cámaras se compartimentarán horizontalmente, al menos, cada dos plantas cuando los forjados delimiten sectores de incendio.

Otras regulaciones no incluidas en el documento de revisión del Ministerio de Fomento:

Alemania: Se prohíbe el uso de revestimientos rellenos de material combustible en edificios de más de 22 metros de altura. Sólo se permiten en edificios donde los bomberos pueden trabajar con la escalera en su máxima extensión desde el suelo. Los edificios más altos deben tener paneles con un relleno más resistente al fuego y además debe haber escaleras separadas para facilitar la evacuación en caso necesario.

Alemania
Altura del edificioRevestimientos de fachada
>22 metrosProhíbe uso de revestimientos con rellenos de material combustible
Edificios ≤ 2 plantasD.s2 d0
+ sistema de rociadores en determinados casos
También si el material de acabado solo cubre la planta baja.

El documento de revisión del Ministerio de Fomento de agosto de 2011 concluye:

…”Tratar de limitar el riesgo de propagación vertical únicamente mediante la exigencia de una determinada clase de reacción al fuego a los materiales de recubrimiento, puede resultar poco efectivo.

Se podría establecer una limitación de la clase de reacción al fuego menos restrictiva a los materiales utilizados en las cámaras, compensándose con la introducción de medidas de compartimentación que disminuyan el tiro y delimiten el tamaño del posible incendio en la cámara”.

De nuevo se olvida el regulador español que los materiales combustibles aportan cargan de fuego y los incombustibles no. También olvida que en un incendio, el humo no sólo es un obstáculo para la evacuación, sino también el principal causante de víctimas mortales y que las gotas contribuyen a propagar el incendio.

Italia
Altura del edificioCondición
Hasta los primeros 3 metros y 60 cm alrededor de puertas y ventanasB s3 d0Si el aislamiento de la fachada se vende como parte de un kit, el requisito Bs3d0 se refiere a todo el sistema del kit en la condición final de uso
Resto de áreas de la fachadaC s3 d2Si está protegido por materiales clasificados A2
ESi está protegido por materiales clasificados A1 con un grosor ≥ 1,5 cm
Portugal (edificios con más de un piso)
Altura del edificioVentanas y revestimientosMarcos de ventanas y ventanasRevestimiento de fachada
≤ 28 mC s2 d0D s3 d0D s3 d1
> 28 mB s2 d0C s3 d0C s3 d1
Portugal (fachadas ventiladas)
Poca alturaAltura media> 28 m
Revestimiento exteriorC s2 d0B-s2 d0A2 s2 d0
AislamientoD s3 d0B-s2 d0A2 s2 d0

 Portugal (Sistema ETICS)

Poca alturaAltura media> 28 m
Sistema completoC.s3.d0B.s3.d0B.s2.d0
AislamientoE.d2E.d2B.s2.d0

Francia:
Fachadas con aislamiento por el exterior con cámara de aire (ventiladas o no)

Reacción al fuego requerida al aislanteCondiciones de instalación
(compartimentación, barreras a la propagación,…)
A2 s3 d0 o superiorPuede instalarse sin límite de espesor. Condiciones “normales” de instalación
PeorA2 s3 d0Espesor limitado
Requerimientos adicionales más restrictivos

En fachadas ventiladas ni la reglamentación británica, ni la francesa, ni la finlandesa, ni la sueca parecen justificar el cambio de reglamentación en España, sólo la neozelandesa y los estudios realizadas por los autores finlandeses Hakkarinen y Oksanen parecen apuntar hacía una regulación semejante a la que hoy tenemos, así como la guía BR 135 (que ha quedado tristemente en evidencia) que indica que la altura que pueden alcanzar las llamas confinadas en el interior de una cámara, es independiente de la clase de reacción al fuego de los materiales utilizados en su recubrimiento. Aun así, ninguna de estas reglamentaciones admiten humos s3 y producción de gotas en d2 como hace la reglamentación española.

RESUMEN

6.- La omisión del principio de precaución (agosto 2011)

El documento elaborado por el Ministerio de Fomento fue sometido a consideración de los profesionales, técnicos, organizaciones, etc. Muchos de ellos estimaron positivo el cambio hacia una regulación menos restrictiva en relación con los materiales aislantes empleados en los acabados de fachadas y en el interior de cámaras ventiladas; pero otros, los menos, entre ellos, el jefe de bomberos de Barcelona, hablaron de los riesgos.

También lo hicieron en 2014 el ITec o la Fundación Fuego.

https://itec.es/infoitec/jornadas/propagacion-ext-incendios/

“Los sistemas constructivos de fachada han evolucionado notablemente en los últimos años. La industrialización de los procesos constructivos y la irrupción de las fachadas ligeras, junto con los adelantos tecnológicos que permiten un desarrollo más flexible de criterios arquitectónicos, han cambiado la fisonomía de los edificios. A esto debemos sumar las nuevas directrices europeas en materia de ahorro energético que han incrementado los requisitos de aislamiento térmico en la piel del edificio: necesitamos un mayor espesor de material aislante que se suele ubicar por el exterior, particularmente en los procesos de rehabilitación. Todos estos cambios irán poblando paulatinamente el parque de edificios en España, por lo que resulta conveniente preguntarse por la seguridad contra incendios de estos nuevos sistemas constructivos.

La propagación del fuego a través de las fachadas es considerada como una de las vías más rápidas de desarrollo de un incendio y puede derivar, no sólo en daños considerables en la misma fachada o en la transmisión a edificios y cuerpos cercanos, sino también en una ruta de acceso a las plantas superiores e inferiores del edificio.

…Cabe decir que afortunadamente los incendios en fachada no constituyen un caso muy habitual en España, por el momento. Como se ha dicho, los sistemas de cerramiento y revestimiento de fachada han sufrido cambios significativos en los últimos tiempos y esa evolución se hará más patente en el futuro. En otros lugares del mundo donde estos sistemas llevan décadas siendo instalados sí existe una preocupación al respecto, puesto que ya se han producido graves incendios involucrando víctimas mortales y considerables daños materiales”.

http://www.fundacionfuego.es/noticias/FIRE-SEMINAR-2014-2.pdf

Conclusiones

1.- Los responsables políticos, en una época en la que proliferan las rehabilitaciones por motivos térmicos, deben ser conscientes de que estas mejoras no pueden devaluar la seguridad de las edificaciones, poniendo en riesgo la vida de las personas, dificultando la actuación de los bomberos, la evacuación y provocando daños materiales. El principio de precaución debe actuar del lado de la seguridad.

2.- Sin embargo, la seguridad se ha devaluado incomprensiblemente. La anterior regulación del DB SI, era más exigente ya que sólo permitía el uso de productos clase A (A1, A2) o clase B; mientras que la actualización vigente, admite ahora materiales con reacción al fuego clase B y C (productos con combustibilidad creciente según las EUROCLASES). Por el lado de los humos y las gotas, la norma española se decantó antes y ahora por la peor clasificación posible: S3 (elevada opacidad); D2 (producción de gotas inflamadas de duración igual o superior a 10 segundos).

3.- El derecho comparado en la UE también, ofrece mejores normas que las vigentes en España.

4.-Desde el incendio de LONDRES creemos conveniente un cambio regulatorio en las siguientes materias:

  • Impedir que las fachadas de edificios con tres o más plantas, sean aisladas o revestidas con materiales o soluciones que no sean EUROCLASE A, es decir, evitar los materiales combustibles en estas posiciones, con opacidad de humos S1 y producción de gotas D0.
  • Prohibir el uso de materiales combustibles en aquellos espacios ocultos (interior de paredes, trasdosados) por los que trascurran conductos eléctricos.
  • Exigir que los materiales empleados sean sometidos a los ensayos propios que certifiquen su comportamiento frente al fuego, independientemente de las soluciones en las que se integran.
  • Mejorar los sistemas de evaluación y análisis de comportamiento. Los actuales distan de ser asimilables a lo que ocurre en un incendio real en la fachada de un edificio o en fachadas ventiladas.

5.- No se trata de un asunto de naturaleza técnica como algunos pudieran pensar, sino de la responsabilidad política que viene definida por la aprobación de normas. Normas que en este caso deben mejorar la seguridad de los edificios en la que viven o trabajan los ciudadanos.

6.-Todos los ámbitos de responsabilidad política deben sentirse concernidos, ya sea porque tienen capacidad normativa en el ámbito de sus competencias o capacidad inspectora.

ANEXO I:

La hemeroteca después del incendio

02-07-2017 http://www.europapress.es/internacional/noticia-gobierno-britanico-eleva-181-torres-londinenses-no-pasan-revisiones-seguridad-20170702172421.html El Gobierno británico eleva a 181 las torres que no pasan las revisiones de seguridad. La empresa retira el producto argumentando que existe inconsistencia en las regulaciones en distintas partes del mundo.

28-06-2017 http://www.eleconomista.es/internacional-eleconomista/noticias/8462303/06/17/May-eleva-a-120-el-numero-de-edificios-en-Londres-que-no-pasan-los-tests-contra-incendios.html May en la Cámara de los Comunes: “los controles contra incendios han puesto de manifiesto que existe un problema en materia de seguridad contra incendios en edificios residenciales como consecuencia de una serie de errores registrados en las últimas décadas”.

May ha subrayado que este tema es un problema que se da desde hace "muchos años", "durante décadas", por el revestimiento que se ha ido colocando en torres de apartamentos. "Hay preguntas reales, como puede ser cómo sucedió esto, por qué sucedió y cómo podemos garantizar que no vuelve a suceder en el futuro", ha explicado.

18-06-2017 http://www.rioja2.com/opinion-111550-el-incendio-de-la-torre-grenfell-seguridad-frente-a-sostenibilidad-o-deontologia-profesional/Deontología frente a seguridad.

17-06-2017 http://www.telecinco.es/informativos/internacional/incendio-Torre-Londres-minutos_2_2388780040.html ¿Por qué se incendió la torre de Londres en menos de 15 minutos?

16-06-2017 http://www.telecinco.es/informativos/internacional/paneles-plasticos-Torre-Grenffel-incendio-londres_2_2388255118.html Los paneles plásticos de la Torre Grenfel eran más baratos.

16-06-2017 http://www.eldiario.es/theguardian/constructor-edificio-Londres-material-inflamable_0_655135263.html El constructor usó material inflamable porque el metro era dos euros más barato. Habla el jefe de bomberos de Berlín.

15-06-2017 http://www.eldiario.es/theguardian/Expertos-incendios-regulacion-Londres_0_654785373.html Los expertos en incendios denuncian que el fuego de Londres fue "un desastre anunciado". “El problema es que, según la normativa, sólo la superficie del revestimiento debe ser ignífugo”, explica Tarling. “Lo que va detrás no, y es esto lo que se incendia”. La prevención de incendios en los edificios de Reino Unido está regulada por la sección B de la Normativa de Edificios, un documento que no se ha revisado a fondo desde 2006 (en cambio, otras partes de la normativa se revisan cada dos años). Un estudio de 2015 realizado por la Federación del Sector Contra Incendios, un foro de las organizaciones antiincendios y de rescate, concluyó que el 92% de los miembros de la federación cree que las normativas están “muy atrasadas” y que hay que “revisarlas”. El informe argumenta que la normativa no refleja los diseños y métodos de construcción actuales y que las investigaciones en las que se basaron las normativas están obsoletas.

Hemeroteca en Reino unido

15-06-2017 https://elpais.com/internacional/2017/06/15/actualidad/1497505434_766097.html May anuncia una investigación. La BBC cita el revestimiento instalado como una de las posibles causas de la rápida propagación

20-07-2017- https://www.channel4.com/news/grenfell-cladding-tests-conflict-of-interest Una investigación de Channel 4 sobre el posible conflicto de intereses en la investigación.

10-07-2017 https://www.channel4.com/news/grenfell-tower-fire-third-key-cladding-product-revealed El fuego de la Torre Grenfell desencadenó la mayor revisión de la seguridad del edificio en el Reino Unido desde la Segunda Guerra Mundial, y en particular los sistemas de revestimiento que se ponen en los edificios de bloques del país. Se han identificado dos componentes principales de aislamiento como parte de la investigación sobre cómo se propagó el incendio. Esta noche este programa puede revelar que un tercer producto clave se utilizó en el sistema de revestimiento de Grenfell, nunca revelado al público antes. Y hasta ahora no ha sido examinado en otros edificios, planteando serias dudas sobre las investigaciones de seguridad contra incendios llevadas a cabo desde el incendio.

07-07-2017 http://www.inmoley.com/NOTICIAS/1712345/2017-1-inmobiliario-urbanismo-vivienda/07-17-inmobiliario-06-21.html Los arquitectos británicos denuncian las fachadas inflamables.

14-06-2017 http://www.newstatesman.com/politics/uk/2017/06/there-was-chance-end-tower-block-fires-2009-we-missed-it En 2009 eludimos la posibilidad para terminar con los incendios en bloques. Después [del incendio] en Lakanal House, nunca pensé que yo vería esto otra vez

La broma de actualización de Windows puede fácilmente engañar a alguien cuando se abre en pantalla completa. Se ve y actúa como una página de instalación real.