
El Tribunal Supremo ha confirmado, en sus sentencias 1.644/2026 y 1.645/2026, de 22 de octubre de 2026, que los consumidores afectados por el cártel de fabricantes de coches pueden reclamar una indemnización por los perjuicios sufridos en la compra de sus vehículos.
La referencia indemnizatoria se sitúa en el 5 % del precio de compra del vehículo, mientras que el daño mínimo indemnizable puede situarse entre el 2 % y el 5 %, según las circunstancias del caso.
¿Qué fue el cártel de coches?
Entre 2006 y 2013, fabricantes de automóviles intercambiaron información comercial con el objetivo de reducir la competencia. Estas prácticas afectaron al funcionamiento del mercado y perjudicaron a los consumidores que adquirieron vehículos durante ese periodo.
Responsabilidad solidaria de las empresas
El Tribunal Supremo confirma la responsabilidad solidaria de las empresas que participaron en el cártel, reforzando la protección de los consumidores que buscan una compensación por el sobrecoste soportado en la compra de su vehículo.
¿Qué pueden reclamar los consumidores?
Las personas que compraron un vehículo afectado por el cártel pueden tener derecho a una indemnización. La cuantía deberá valorarse atendiendo a las circunstancias de cada caso y a los criterios establecidos judicialmente.
Desde la Unión de Consumidores de Euskadi (UCE Euskadi) continuamos defendiendo los derechos de las personas consumidoras, ofreciendo información y apoyo individualizado a los afectados e impulsando las actuaciones necesarias para que se cumplan las resoluciones judiciales.
¿Compraste un coche entre 2006 y 2013? Infórmate con UCE Euskadi y consulta si puedes reclamar una indemnización.

