Usted está aquí

¿Vuelos con retraso? Reclame

Miércoles, Julio 26, 2017

¿Vuelos conretraso? Reclame

Si el vuelo tiene unademora de más de tres horas, tienes derecho a una indemnización.

¿El vuelo se retrasa? ¡Reclame! Sepaque es posible conseguir hasta 600 euros de indemnización, si elretraso es de tres horas o más. La distancia del vuelo o las horas de retardomarcan las compensaciones a las que tenemos derecho y las asistencias. Parareclamarlas, basta con guardar facturas y poner una queja por escrito ante lacompañía.

Si está decidido a reclamar, siga estospasos:

1. Guardar siempre facturasy billetesAl hacer una reclamación lo más importante es poder justificar lo que se pide.Por eso, como siempre se recuerda, es muy importante guardar las copiasde todos los documentos relacionados con el vuelo, desde los billetes deavión, hasta tarjetas de embarque o la copia de las quejas hechas a lacompañía, ya que avalan la reclamación.2. Reclamar a la compañíaLa aerolínea debe informar, en todo momento, acerca de los derechos delpasajero y comunicar el motivo del retraso en la salida del vuelo. En estoscasos hay servicios que la compañía debe dar y que se pueden exigir: esel derecho de atención o asistencia. Así, deben dar comida y bebidasuficientes según el tiempo de espera. También se tiene derecho a dos llamadastelefónicas o mensajes de fax o correo electrónico. Y si la salida se demorahasta el día siguiente o más tarde, tiene que ofrecer alojamiento en un hotel yel transporte hasta él (ida y vuelta).3. Las indemnizaciones por retrasos de vuelosEl retraso afecta a la salida, cuando el viajero se queda atrapado en elaeropuerto -deben darle comida, alojamiento, etc.- pero también implica perderun día de vacaciones de verano, aplazarla llegada a un destino donde había que dar una conferencia...

Si el vuelo sufre una demora igual o superior atres horas y, además, tenía como origen o destino cualquier aeropuerto de laUnión Europea, el pasajero tiene derecho a una indemnización de entre250 y 600 euros, según la distancia del trayecto entre los aeropuertos deorigen y destino. Las compensaciones, en función de la distancia del vuelo, sonlas siguientes:

· Dentrode la UE: hasta 1.500 kilómetros, de 250 euros, y si supera los 1.500kilómetros, de 400 euros.· Entre un aeropuertode la UE y otro fuera de la UE: hasta 1.500 kilómetros, 250 euros; de 1.500a 3.500 kilómetros, una compensación de 400 euros; y más de 3.500 kilómetros,600 euros.

4. Poner una reclamación a la compañía aéreaSi se cree que la compañía no se ha comportado como debiera, hay que poner unareclamación. Siempre se debe pedir una hoja de reclamaciones yrellenarla sin demora en el mismo aeropuerto, entregándola a la aerolínea o enel mostrador de AENA. También, y además de la hoja de reclamaciones, se puedeescribir una carta o correo a la empresa aérea. Y si no serecibe contestación -o se discrepa con su respuesta-, es posible acudir a laAgencia Estatal de Seguridad Aérea del Ministerio de Fomento.

Si el vuelo se había contratado a través de unaagencia, también a ésta se le puede presentar una reclamación escrita.

5. Reclamación judicial.

Si la aerolínea no acepta compensar al usuario osi no ha cumplido con su obligación de informarle y atenderle del mododebido en el aeropuerto, siemprese tiene la opción de reclamar de manera judicial. La demanda debepresentarse en el juzgado mercantil correspondiente al domicilio delconsumidor.Si tiene dudas, o quieres reclamar, póngase en contacto con nosotros. Desde la Unión de Consumidores de Euskadi- CAUCE, podemos llevar a cabo la reclamación ante la compañía, sin ningún coste paranuestros socios.