Usted está aquí

Todo lo que debes saber sobre el seguro de hogar en las segundas residencias

Lunes, Julio 19, 2021

En España, no existe obligación de tener un seguro de hogar, salvo si la vivienda está hipotecada, en cuyo caso es obligatorio tener un Seguro de Incendios. Sin embargo, pese a no ser una obligación legal, tener la vivienda asegurada es aconsejable frente a todo tipo de imprevistos o accidentes que puedan surgir: goteras, rotura de una ventana, robos…

Al elegir el seguro para tu vivienda, debes tener en cuenta las diferentes coberturas que protegen tu vivienda, y también es importante declarar el destino de la misma: si es vivienda habitual, o se destina a arrendamiento o si se trata de una segunda residencia. Este matiz puede tener su importancia en caso de ulteriores siniestros, cuya cobertura podría rehusar la compañía en caso de que la declaración realizada al contratar no se ajustase a la realidad.

En cualquier póliza de hogar, hay 3 puntos importantes que tener en cuenta: responsabilidad civil, contenido y continente.

  • La responsabilidad civil cubre los daños materiales o personales que tanto la propia vivienda como sus habitantes puedan provocar a terceros.
  • El continente es al conjunto que da forma al inmueble: paredes, techos, suelos e instalaciones fijas como la de calefacción, agua, gas, electricidad, etc.
  • El contenido es todo aquello que está dentro del continente, todo lo que tenemos dentro de nuestro hogar: como muebles, electrodomésticos, ropa, jotas, objetos de valor, etc.

En el caso de las viviendas que se ocupan de forma no habitual, también tenerlas aseguradas es una opción voluntaria, y tenerlas aseguradas sigue siendo aconsejable por los mismos motivos.

Es importante matizar que, en el caso de las segundas residencias, hay que tener en cuenta que la cobertura por robo puede estar limitada a unos tiempos o periodos de ocupación efectiva.

También es aconsejable para estas residencias, tener contratada la cobertura por Daños Atmosféricos así como Rotura de Cristales, Asistencia en el Hogar y Daños por Agua. Si el contenido no es muy valioso, se puede optar por no asegurarlo, si bien si resulta dañado no quedará cubierto por el seguro.

Ante todo, es importante que, al contratar un seguro, se tenga en cuenta que conviene tener copia no sólo del Condicionado Particular (en el que aparece el bien asegurado, que ha de estar bien descrito y ajustado a la realidad) sino del Condicionado General, que define y limita cada una de las coberturas contratadas.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, no cabe duda de que la protección que ofrece una vivienda asegurada es conveniente por muchos motivos.