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Has oído hablar de las cuentas de pago básicas, pero ¿Sabes qué son?

Lunes, Julio 15, 2019

Estos últimos días hemos oído hablar de cuentas de pago básicas y de los requisitos para poder acceder a su gratuidad y la pregunta que nos hacemos es ¿Sabemos que son las cuentas de pago básicas? Esta es la primera pregunta que deberíamos responder.

Las cuentas de pago básicas se regulan en la Directiva 2014/92 UE del Parlamento europeo del 23 de julio de 2014 y el Estado Español las incorpora a la legislación estatal mediante el real Decreto-ley 19/2017 de 24 de Noviembre, y recientemente regula sus comisiones y servicios básicos en la Orden ECE/228/2019 de 28 de febrero.

La cuenta de pago básica en su regulación inicial busca una profundización en el mercado único europeo para lo cual pretende abrir el abanico de personas con acceso a una cuenta bancaria. Europa considera el acceso a una cuenta bancaria como un derecho de las personas consumidoras y por lo tanto crea las cuentas de pago básicas.

Las entidades bancarias no pueden condicionar una cuenta de pago básica a la compra de ningún otro producto de la propia entidad. Pero, ¿puede acceder a ellas? Las cuentas de pago básicas están previstas para:

  • Residentes en la UE, incluso los que no tengan domicilio fijo.
  • Personas solicitantes de asilo.
  • Personas sin permiso de residencia, pero no que no puedan ser expulsadas.

En todo caso es requisito indispensable que la persona solicitante de una cuenta de pago básica no tenga cuenta abierta en otra entidad bancaria. Dicho de otra manera, quien tiene una cuenta de pago básica solamente puede tener una cuenta bancaria.

Estas cuentas ofrecen unos servicios básicos como:

  • Depósito de efectivo
  • Retirada de efectivo
  • Pago con tarjeta de debido e incluso on line.
  • Hasta 120 operaciones de domiciliación y transferencias

La comisión máxima que pueden cobrar los bancos por están cuentas, que están obligados a ofrecer, es de 3 euros al mes. Es cierto que existe la posibilidad de disfrutar de estas cuentas de manera gratuita para las personas en situación de vulnerabilidad, pero esto será motivo de otro post.

Si consideras que eres una persona que puede operar con cuentas de pago básicas porque eso es más económico y rentable para ti, ponte en contacto con tu banco –si es que ya tienes una cuenta bancaria- o acude a la entidad bancaria que más garantía te transmita.

Fuente:Kontsumobide