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Se ha regulado la información que tienen que aportar quienes vendan mascarillas y se limitará su precio

Lunes, Abril 20, 2020

El Ministerio de Sanidad emitió el pasado día 19 una orden (SND/354/2020) cuya finalidad es proteger a las personas consumidoras para lo cual establecen un límite de precios a los productos de protección individual frente al virus, cómo mascarillas y geles, al tiempo que regulan la fijación de precios de los mismos. 

Esta orden afecta a aquellos productos que como mascarillas quirúrgicas, guantes de nitrilo y otros productos sanitarios (que deben ser autorizados como tal por la Secretaría General de Sanidad) y a productos que sin tener la calificación de productos sanitarios se consideran imprescindibles para proteger a la población en general frente a la propagación del virus Covid 19,  como pueden ser las mascarillas y productos desinfectantes.  

La Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia será el órgano responsable de la fijación de precios máximos. El objetivo de esa medida es acabar con las prácticas especulativas que en lo referente al precio de mascarillas y geles se han multiplicado en los últimos días. 

Sin embargo, y a pesar de esta situación de crisis, las mascarillas y demás productos deben cumplir con la legislación de protección al consumidor y el resto de normas que afectan a productos similares. 

En todo caso la orden ha establecido la información mínima que deberá informar el etiquetado de las mascarillas, sea en la etiqueta del envase o en un folleto adjunto. Incluso para la venta individual no envasada se deberá acompañar de folleto o documentación con los datos que aquí se detallan:

  • Datos de la empresa.

  • Nombre usual del producto.

  • Contenido del envase.

  • Composición del producto.

  • Período de uso del producto.

  • Características esenciales del producto: talla, si es reutilizable o no...

  • Instrucciones de uso, colocación, mantenimiento, manipulación y eliminación.

  • Procedencia del producto.

  • Nombras UNE que cumple el producto.

  • Si el producto ha sido testado datos de filtración y respirabilidad.

  • Número máximo de lavados que admite el producto en caso de ser reutilizable.

  • Precio final. 

Por otro lado, ni las mascarillas, ni los geles o los desinfectantes o cualquier otro producto podrá anunciarse con frases como “protección/desinfección frente al virus” y similares si no han sido testados y autorizados por la Agencia Española del Medicamento. 

La venta unitaria de mascarillas quirúrgicas solamente podrá realizarse en farmacias.