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Derechos de los viajeros ante una huelga del transporte aéreo

Sábado, Junio 25, 2022

Ante la huelga de los tripulantes de cabina de Ryanair convocada desde el 24 de junio al 2 de julio para reclamar un convenio colectivo digno, como siempre, los usuarios van a sufrir las consecuencias. Por eso, la UCE Euskadi recuerda los derechos que asisten a los consumidores y usuarios ante la posible cancelación de un vuelo.

Esta circunstancia supone la no realización de un viaje programado y para el que la persona usuaria disponía de un asiento reservado. Como en toda huelga convocada por trabajadores de una aerolínea, el pasajero tiene derecho a compensación por retraso de vuelo o cancelación.

No habrá compensación en caso de que la compañía aérea pruebe que informó con dos semanas de antelación de la cancelación a las personas viajeras, y cuando se producen circunstancias extraordinarias, como condiciones meteorológicas adversas e incompatibles para viajar, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas o situaciones de inestabilidad política.

Cuando los retrasos superen las cinco horas, la compañía deberá ofrecer la posibilidad de reembolso íntegro del billete, en un plazo de siete días, o un vuelo de vuelta al primer punto de partida en el menor tiempo posible.

Además, tienen la obligación de proporcionar comida y refrescos durante el tiempo que dure la espera en el aeropuerto, así como alojamiento para pernoctar una o varias noches, transporte hasta el mismo, e incluso llamadas telefónicas y acceso a la red de datos para comunicarse con familiares y servicio de atención al pasajero de la aerolínea.

La cuantía de las indemnizaciones depende de la longitud del trayecto:

- En vuelos de hasta 1.500 kilómetros, la compensación es de 250 euros.

- Entre 1.500 y 3.500 kilómetros, la compensación es de 400 euros.

- Para vuelos que superen los 3.500 kilómetros la compensación es de 600 euros.

Sin embargo, si la compañía pone a nuestra disposición un transporte alternativo dentro de un “tiempo razonable” estas indemnizaciones se reducirán en un 50%. En todo caso, estas cantidades no incluyen perjuicios materiales ocasionados por la incidencia, que se podrán reclamar con arreglo al artículo 12 del reglamento comunitario 261/2004.

Toda persona afectada por esta situación, podrá contactar en cualquiera de las oficinas territoriales de UCE Euskadi.