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El Instituto Vasco de Consumo, Kontsumobide ofrece información y recomendaciones sobre el Impuesto de Actos Jurídicos en las Hipotecas

Martes, Noviembre 6, 2018

El Instituto Vasco de Consumo, Kontsumobide ofrece información y recomendaciones sobre el Impuesto de Actos Jurídicos en las Hipotecas

Fecha de publicación: 31/10/2018

El  Tribunal Supremo deliberará el 5 de noviembre sobre a quién corresponde abonar este gravamen, bancos o a las personas consumidoras.

Recientemente, una sentencia  ha estimado  que son las entidades bancarias las interesadas en elevar la hipoteca a escritura pública y registrarla, por lo que  los bancos son quienes  deben pagar el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD). No obstante, dicha  sentencia  está en el aire hasta que el Tribunal Supremo dictamine sobre  la misma.

Al formalizar un préstamo hipotecario para la compra de vivienda se generan gastos tales como: notaría e  inscripción en el Registro de la Propiedad, tasación del inmueble, gestoría, impuestosseguros y gastos procesales. Además, la escritura notarial del contrato de préstamo obliga a tributar, al tipo de gravamen del 0,5, el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Sin embargo en Euskadi, en relación con el Impuesto  de Transmisiones Patrimoniales (ITP),  las personas que compran su vivienda habitual están exentas, en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados (AJD), del pago del tipo gradual fijado en el 0,5% del valor del acto o contrato.  Así se establece la excepción  del pago del ITP en  la normativa Foral:

Por otra parte, en relación con la compra-venta de vivienda habitual, también conviene tener en cuenta que el impuesto en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es diferente dependiendo de si se compra directamente a una empresa o si se trata de compraventa entre particulares:

  • Si se compra directamente a una empresa  hay que pagar el IVA correspondiente a esa transmisión a la empresa y no el impuesto de transmisiones patrimoniales, ya que ambos impuestos son incompatibles.
  • Si la compra se realiza entre particulares se debe pagar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP) en Hacienda.

Recomendaciones

1.- Revisa tu documentación y comprueba si has abonado el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).

2.- Si el Tribunal Supremo  dictaminara el próximo 5 de noviembre  que son los bancos quienes deben  abonar el impuesto AJD,  las personas consumidoras que hubieran abonado dicho impuesto con motivo de la hipoteca durante los últimos 4 años, podrían reclamar  el reintegro del impuesto.

Fuente: Kontsumobide