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La nueva Ley de Protección de Datos permitirá el "spam" electoral

Viernes, Enero 11, 2019

El Senado aprobó la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y Derechos Digitales, una reforma refrendada por todos los partidos políticos tras varias enmiendas y con importantes implicaciones en el uso que se hace de nuestros datos. Con la nueva normativa se abre la puerta para elaborar perfiles ideológicos de los ciudadanos con los datos mostrados en Internet y poder enviar propaganda electoral sin consentimiento previo.

Vamos a explicar en detalle en qué consiste esta ley y por qué múltiples organizaciones como la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información consideran esta nueva ley un escándalo. Lo que según varios políticos originalmente se planteó como una herramienta para evitar prácticas como las de Cambridge Analytica, se ha convertido según estos diversos abogados en un mecanismo que da carta blanca a los políticos para recopilar datos sobre nuestra ideología.

El texto de la nueva ley orgánica de Protección de Datos (LOPD) española incorpora varios artículos que han alertado a las asociaciones en favor de la libertad de expresión en la red. Pero ha sido el artículo 58 bis, un apartado que inicialmente no estaba y sí ha sido incluido en la disposición final tercera, el que ha iniciado la polémica.

Bajo la descripción de este punto, los partidos políticos podrán recabar información de los ciudadanos y enviar mensajes como WhatsApps o correos electrónicos a los distintos votantes, sin necesidad de obtener el consentimiento del afectado. Es decir, bajo la premisa de unas elecciones los partidos políticos podrán realizar acciones que sí quedan vetadas para las empresas.

Con esta nueva ley se podrían crear bases de datos ideológicas mediante la información que aparece en Internet y enviarnos SPAM electoral sin que esté sujeta a las normas de la información comercial. Un hecho que por ejemplo permitiría a los partidos políticos contactar directamente con los electores con datos de teléfono o email extraídos de la web.

No se especifican los detalles que deberían cumplir estos mensajes pero "que los partidos puedan tener una base de datos de ciudadanos ordenados por la ideología que parecen tener según sus manifestaciones en internet es realmente espeluznante", según relata el abogado David Bravo. Según el también abogado Carlos Sánchez Almeida, esta práctica es contraria a la Constitución y por ello denunciará ante los tribunales.

Uno de los puntos clave de este artículo 58 bis, según Jorge García Herrero, está en el uso de datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público. Según el Reglamento General de Protección de Datos Europeo, los partidos sólo pueden tratar nuestros datos a través de un consentimiento explícito o por un interés vital. Es decir, las opiniones políticas se cuentan como datos de categoría especial. Con la nueva LOPD sin embargo se añade la posibilidad de obtener estos datos de las páginas de internet para casos concretos como la propaganda electoral, sin previo consentimiento.

Ante esta situación, la Agencia Española de Protección de Datos ha querido aclarar que esta nueva ley no permite el envío de información personalizada basada en perfiles ideológicos. Solo se permite conforme al Considerando 56 del RGPD, la recopilación por parte de los partidos de datos personales para "obtener información que les permite pulsar las inquietudes de los ciudadanos con el fin de poder darles respuesta en sus propuestas electorales". El texto por tanto, según la AEPD, permite el envío de propaganda a los perfiles pero sin que su contenido pueda basarse en los distintos perfiles citados.

En relación a este Considerando, el abogado Borja Varela explica que mientras en la RGPD tenía que ser un caso excepcional, en la nueva ley no se especifica que "se tenga que garantizar el funcionamiento del sistema democrático" para recopilar estos datos.

Respecto al artículo 58 bis que permite elaborar perfiles ideológicos, también se aclara un mecanismo para evitarlo. La propia ley determina que se facilitará al destinatario un modo sencillo y gratuito para ejercer el derecho de oposición. Es decir, de la misma manera que existe el botón para darnos de baja de listas de correo, también habrá un método para evitar que nos contacten. Los detalles sobre esto no se han especificado, pero sí se especifica que será sencillo por lo que cualquier usuario debería poder efectuarlo.

Con la nueva ley se abren muchísimas posibilidades para los partidos políticos ya que pueden crear bases de datos en función de nuestra posición ideológica. El punto más claro es enviar publicidad electoral a aquellas personas afines, pero también tener una base de datos de potenciales rivales, miembros a favor de una ley u otro tipo de opiniones personales. Una cuestión que pone en duda la garantía de que los partidos no utilizarán esos listados más allá de la publicidad electoral.

Según explica Jorge Herrero, los usuarios que no quieran ser contactados deberán o bien darse de baja cada vez como indica la ley o dirigirse a la Junta Electoral Central para pedir que no se envíe propaganda electoral. Un hecho que además a raíz de la nueva ley deberíamos complementar con la solicitud de borrado de nuestra información en su base de datos. Una petición en la que Almeida está redactando un modelo de formulario.