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El juzgado estima la demanda presentada por UCE EUSKADI en la que condena a “Costomóvil” a abonar a un consumidor el doble de lo pagado.

Jueves, Septiembre 16, 2021

El Tribunal del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Eibar, en sentencia nº 109/2021 de 7 de septiembre de 2021, estima la demanda presentada por un asociado a la UNIÓN DE CONSUMIDORES DE EUSKADI - UCE, condenando a ECMOVILCO S.L. (COSTOMÓVIL) al pago de 1478,32 €, más los intereses legales, contando desde la presentación de la misma.

El 8/9/20, el consumidor demandante, socio de la UCE, adquirió un reloj a través de la web de la mercantil demandada, pagando por ello 739,21 €.

Transcurrido un mes desde la fecha de compra del bien y no habérselo entregado al demandante, la mercantil, le comunicó que lo tendría en su almacén para el 27/10/20 y a partir de esa fecha procederían a entregárselo, cosa que no hizo.

Ante el incumplimiento reiterado, el demandante, solicitó resolver el contrato y el reembolso del importe pagado, sin éxito.

Por lo que, el asociado asesorado por la UCE, presentó la correspondiente demanda al Juzgado.

El Tribunal dicta en la Sentencia que al no personarse la mercantil demandada a tiempo para responder a la demanda, da por válidas las pruebas aportadas por el demandante.

Finalmente, el Tribunal estima, con fundamento en el artículo 110 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que  por retraso injustificado del reembolso del importe de 739,21€ por parte de la empresa demandada, se abone el doble de lo pagado por el consumidor, esto es, 1478,32 € y los intereses legales, contando desde la presentación de la demanda hasta la fecha de la resolución de la sentencia.

Para cualquier consulta o reclamación pueden ponerse en contacto con la Unión de Consumidores de Euskadi-UCE a través de sus oficinas.