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Bono social térmico: ahorra hasta 123€ en calefacción y agua caliente

Sábado, Octubre 24, 2020
Una de las medidas que el Gobierno llevó a cabo, en el marco del ‘escudo social’, y para paliar los efectos de la crisis fue la prohibición de las empresas a cortar los suministros de luz, agua o gas a los clientes que no pudiesen abonar de inmediato los recibos. Pero este veto terminó el pasado 30 de septiembre y las compañías ya están empezando a reclamar las facturas. 
 
Quienes sí que siguen amparados en esta medida del Ejecutivo, son aquellos consumidores que que reciben el bono social. De hecho, desde el pasado 1 de octubre, se amplió el alcance de esta ayuda para compensar ese levantamiento del veto, abriendo la cobertura a afectados por ERTE paro u otras circunstancias que supusieran una pérdida sustancial de ingresos, mediante la presentación de una declaración responsable. 
Los acogidos al bono social eléctrico, también cuentan con el llamado ‘bono social térmico’ para ahorrar en las facturas de agua caliente y calefacción, cuyo consumo se incrementa en estos meses de otoño e invierno. 
 
Qué es 
 
El bono social térmico es un programa de ayudas para compensar los gastos térmicos ocasiones a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción, y el agua caliente o cocina. 
La medida fue aprobada por el Gobierno en octubre de 2018, mediante un Decreto-Ley que se hizo efectivo por primera vez este año. Es, además, compatible con otro tipo de ayudas que se otorguen para la misma finalidad. 
 
Se abona en un pago único anual en la cuenta corriente en la que el solicitante tiene domiciliada la factura eléctrica. La cuantía, que varia desde los 25 hasta los 123 euros.
 
Beneficiarios: cómo solicitarlo 
 
Son beneficiarios de este bono, sin necesidad de realizar ningún trámite ni solicitud, aquellos que ya perciben el bono social eléctrico, cuyos requisitos, dependen de la zona geográfica en la que se encuentre la vivienda y el tipo de vulnerabilidad o exclusión. 
 
Pata determinar si un consumidor puede acceder o no a esta ayuda se utiliza el IPREM, que es el indicador público de renta de efectos múltiples. En 2020 y con 14 pagas está fijado en 7.619 euros. A partir de este dato, se determina si se cumplen o no los criterios.
 
Vulnerables
 
Pensionista: pensión mínima y hasta 500 euros de otros ingresos.
Familia numerosa: sin requisitos de renta
Familia con un menor: renta anual de 11.279 euros o 1,5 veces el IPREM
Familia con dos menores: renta anual de 15.039 euros o 2 veces el IPREM
Familia con tres menores: renta anual de 18.799 euros o 2,5 veces el PREM 
Familias monoparentales: se incrementa el umbral de renta 0,5 veces el IPREM respecto a las biparentales.
Vulnerables severos
Pensionista: renta anual de 7.520 euros
Familia numerosa: renta anual de 15.039 euros o 2 veces el IPREM
Familia con un menor: renta anual de 5.640 euros o 0,75 veces el IPREM. En caso de Circunstancia Especial (CE): una vez el PREM, renta anual de 7.520 euros.
Familia con dos menores: renta anual de 7.520 euros o una vez el IPREM. También en caso de CE: renta anual de 9.340 euros o 1,25 veces el IPREM
Familia con tres menores: renta anual de 9.340 euros o 1,25 veces el IPREM. En el caso de CE: renta anual de 11.279 euros o 1,5 veces el IPREM.
 
En riesgo de exclusión social
 
Son considerados aquellos consumidores severos y, que además, necesiten ayuda de los Servicios Sociales de su comunidad autónoma para abonar el 50% del importe de sus facturas. Si los servicios sociales sufragan, al menos, la mitad del importe de la factura eléctrica, el usuario no tendrá que hacer frente al pago de sus recibos de luz