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Ante el anuncio de huelga en Ryanair, reclama por tus derechos

Lunes, Julio 16, 2018

 

Ante el anuncio de huelga en Ryanair, reclama por tus derechos

Otra vez, como empieza a ser ya frecuente, los usuarios nos enfrentamos a una huelga en el sector aéreo a las puertas de las vacaciones de miles de ciudadanos. Esta vez, es el personal de cabina de la principal aerolínea de nuestro país, Ryanair, quien pretenden mejorar sus condiciones laborales a costa de dejar en tierra a cientos de miles de usuarios que ya han comprado sus billetes y planificado sus vacaciones.

Sin entrar a valorar si esas reivindicaciones son legítimas o no, desde la Unión de Consumidores de EUSKADI-UCE-CAUCE, denunciamos la utilización sistemática de los ciudadanos como armas arrojadizas, ya que nos usan como medida de presión para defender sus intereses sin considerar los perjuicios que ello ocasiona.

No obstante, debemos recordar que una huelga como la anunciada no puede ser considerada como una causa extraordinaria que exonere a las empresas del pago de indemnizaciones a sus clientes, ya que su gestación es de dominio público y la compañía debe tomar medidas para paliar las previsibles molestias a los viajeros. De hecho, en España, los tribunales vienen considerando desde hace años que la huelga no es equiparable a fuerza mayor, con lo que en sus sentencias han insistido en que las compañías deben indemnizar a los afectados, sin escudarse en ese argumento, señalando que "No basta que exista una situación de huelga del personal de la línea aérea o de los controladores aéreos, sino que, para que resulte excluida la responsabilidad por esta causa, es además preciso que la línea pruebe que tomó todas las medidas razonables para evitarla".

Además, una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que una "huelga" del personal de navegación de una aerolínea no constituye una circunstancia extraordinaria que permita a la compañía liberarse de la obligación de indemnización en caso de cancelación o de gran retraso de un vuelo. "Los riesgos derivados de las consecuencias sociales que depara son inherentes al ejercicio normal de la actividad de la compañía aérea", dice el TJUE.

Así, si nuestro vuelo es uno de los afectados y finalmente se cancela, debemos saber que tenemos derecho a una compensación, que varía en función de la distancia del trayecto y el destino, oscilando entre 250 euros y 400 euros, además de a recibir asistencia y solicitar la indemnización de los daños que pudiera haberle ocasionado, como la penalización por cancelar una reserva de hotel o la pérdida de una entrada para un espectáculo.

 

 

 

 

 

DERECHOS DEL USUARIO

SI LA EROLÍNEA INFORMA DE LA CANCELACIÓN DEL VUELO CON MENOS DE 15 DÍAS DE ANTELACIÓN

SI LA AEROLÍNEA INFORMA DE LA CANCELACIÓN DEL VUELO CON 15 DÍAS DE ANTELACIÓN O MÁS

Indemnización económica entre 250 y 400 €

 SI

NO

Indemnización por gastos

 SI

 SI

Transporte alternativo o reembolso del billete

 SI

 SI

Derecho a recibir asistencia

 SI

 SI

 

Huelga de Ryanair